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Documentos requeridos para la Disposición (venta) dentro del régimen de limitaciones.

ENAJENANTE (vendedor):

  1. Solicitud por escrito ante el Instituto de autorización de venta por los adjudicatarios (cónyuge y/o compañera permanente).
  • Resolución de adjudicación del Incora o Incoder. (Opcional)
  • Certificado de libertad y tradición actualizado (vigencia no superior a un mes).
  • Certificado de paz y salvo de la obligación contraída expedida por CISA, cuando sea del caso.
  • Certificado de paz y salvo por concepto de impuesto predial.
  • Certificado mediante el cual se pruebe las circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito que se manifiestan en la solicitud (enfermedad, pérdida de capacidad laboral, etc.).

ASPIRANTE (comprador):

  • Formulario de inscripción debidamente diligenciado (Anexo).
  • Aceptación sobre la subrogación en todas las obligaciones contraídas por el enajenante establecidas en la Ley 160 de 1994 a favor del Instituto. (Declaración juramentada por parte de quien adquiere el predio).
  • Certificado del IGAC de no tenencia de bienes rurales.
  • Certificación en donde conste que el aspirante no ha sido adjudicatario de tierras del Fondo Nacional Agrario o de terrenos baldíos.

Recuerde:

Los predios de origen público adquiridos por los programas de acceso a tierras del Estado están sujetos a las limitaciones para Disposición (venta), Fraccionamiento (división), Constitución de gravámenes (hipoteca) y Concentración (acumulación), por ello según el programa de acceso por el que se hayan adjudicado requieren autorización de la ANT.

 

Agencia Nacional de Tierras – ANT

Documentos requeridos para el Franccionamiento (división)

  1. Generales
  • Solicitud de autorización de fraccionamiento (titulares o poder autorizando) manifestando sobre la destinación que se le dará al predio que se fraccionará y al que queda después del fraccionamiento, acorde a las excepciones señaladas en el artículo 45 de la Ley 160 de 1994.
  • Plano del predio en el que se identifiquen cada una de las partes resultantes del fraccionamiento.
  • Concepto favorable de la Secretaria Municipal de Planeación, donde certifique el uso del suelo del predio; definiendo usos principales, complementarios, compatibles, condicionados y prohibidos.
  • Copia de la escritura pública que haya generado cambios en las áreas del predio inicialmente adjudicadas (si es el caso).
  1. Obligatorios según la destinación
  • Proyecto productivo que se plantea implementar, justificando técnicamente como las partes resultantes de la división permiten obtener recursos exigidos para la UAF. Con la información técnica que se describe a continuación: Objetivos del proyecto, alcance, costos de implementación, ganancias y utilidad mensual, estudio de mercado, proyecto presentado por un profesional de las ciencias agropecuarias debidamente identificado con tarjeta profesional (opcional), visita técnica por parte del profesional de la ANT si es el caso (opcional), descripción de condiciones agroecológicas del predio (agua, tipo de suelo, topografía etc.) y generalidades del proyecto.
  • Para vivienda campesina o proyecto de vivienda en general, concepto favorable de la Secretaria Municipal de Planeación, donde certifique el uso del suelo del predio y la inexistencia de impedimentos expresando los usos principales, complementarios, compatibles, condicionados y prohibidos, así como las densidades e índices máximos de ocupación y construcción y demás contenidos urbanísticos y ambientales que permitan su desarrollo, respetando la vocación de suelo rural; en concordancia con el numeral 3 del artículo 9 del decreto 3600 de 2007, el cual reglamenta las leyes 99 y 388 de 1997.
  • Proyectos de Interés Público: Fotocopia acta de posesión del mandatario; Copia de la credencial como mandatario electo proferida por la Registraduría Nacional del Estado civil; Copia del Acuerdo u ordenanza que faculta al mandatario para efectuar dichos negocios. (o documento que haga sus veces – vigente)
  1. Opcionales
  • Fotocopia documento de identificación del solicitante y titular (es) del derecho.
  • Fotocopia de la resolución de adjudicación o escritura del predio a fraccionar.
  • Fotocopia del plano original de la resolución de adjudicación.
  • Certificado de Libertad y Tradición con vigencia no superior a un mes.

Documentos para constituir gravámenes:

  • Solicitud firmada por todos los titulares
  • Certificación bancaria del propósito para el que se va a constituir el crédito

Documentos para levantamiento de gravámenes:

  • Solicitud firmada por todos los titulares
  • En caso de Hipoteca: Paz y Salvo de la obligación
  • Para levanta miento de condición resolutoria o caducidad administrativa, no está inmerso en un procedimiento de declaratoria

Documentos para desenglobar:

  • Solicitud suscrita por todos los parceleros, como manifestación de estar de acuerdo
  • Los planos conforme van a quedar la división individual.
  • Certificado de Paz y Salvo del Impuesto predial.